Aprobada la normativa que regula los servicios de mensajes cortos de texto -SMS-
El Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ha aprobado la Orden Ministerial reguladora de los servicios de mensajes cortos de texto (SMS) y de los mensajes multimedia (MMS), incluyendo de forma destacada la modalidad que permite la descarga de logos, melodías y otros contenidos. Estos últimos servicios, conocidos como Premium, conllevan una tarificación al usuario adicional a la del servicio soporte de telecomunicaciones, y utilizan habitualmente números cortos para su prestación.
Entre las medidas adoptadas están las siguientes:
– Derecho de desconexión: los operadores tendrán la obligación de garantizar a los abonados el derecho a la desconexión de los servicios de tarificación adicional basados en el envío de mensajes cortos.
– Se prohíbe que se exija a los consumidores el envío de dos o más mensajes consecutivos, sujetos a tarificación adicional, para solicitar un servicio.
– Se garantiza la existencia de procedimientos armonizados de alta y baja en estos servicios, lo que reduce el riesgo de altas inadvertidas y facilita a los usuarios la tarea de darse de baja.
– Se exige a los titulares de los nuevos números que envíen a los usuarios uno o varios mensajes informativos sobre su identidad, el tipo de contenidos y el precio del servicio suministrado. Para determinados servicios (los de precio superior a 1,2 euros, suscripción y adultos), además de la información se requiere la confirmación previa por parte del usuario.
– En el caso de que el mensaje sirva para participar en un concurso, votación, etc., el usuario deberá recibir un mensaje de confirmación de su participación en el evento.
Además, se establece una nueva numeración, pasando de las cuatro actuales a cinco o seis, de tal manera que las primeras cifras indicarán el rango de precios y el tipo de servicio. Está previsto que los números cortos de precio inferior a 1,2 euros comiencen por 2, los que superen este precio y estén por debajo de 6 euros por 3, los servicios de suscripción por 79 y los servicios con contenidos para adultos por 99.
La Orden obliga a que en las facturas que los operadores telefónicos presenten a sus abonados se desglose la parte correspondiente al envío de los mensajes soporte que aquellos pagan por el servicio de telecomunicaciones de la parte que retribuye el servicio Premium, que constituye la tarificación adicional.
Como consecuencia de lo anterior, si el abonado no paga la parte correspondiente a la tarificación adicional por discrepancias en la facturación, no se le podrá suspender ni el servicio telefónico ni el servicio básico de mensajería.
Enlace a la Nota de Prensa del Ministerio: enlace